De la constitución presidencialista a la del Ecuador

La Constitución vigente responde a un momento superado.  Es indispensable crear una nueva estructura del Estado y de la organización social ante la descomposición de la administración, el reordenamiento del Poder económico y político, el surgimiento de nuevos actores sociales y sobre todo ante los imperativos de la evolución mundial.  La nueva Constitución Política de la República del Ecuador debe tener esta función.

El proyecto presentado por el Ejecutivo es una restringida respuesta de una estrecha concepción neoliberal que merma la representatividad del Estado, no admite espacios para consensos, encumbra el papel de la represión. La ampliación de derechos en ese texto se vuelve algo superfluo y reduce el Estado a un instrumento autoritario. Esto se manifiesta en la recreación de un presidencialismo extremo.

El proyecto gubernamental le imprime un carácter subsidiario al Estado frente a la economía. Todo pertenecerá a monopolios y asocios de apropiación del mercado y sus factores.  El proyecto de reformas hace del Estado una excrescencia de aquello que no puede realizar la empresa privada.

Creer que los cambios al fin del XX significan el triunfo del neoliberalismo es incomprender las transformaciones reales.  El surgimiento de otro orden político mundial, no significa la ausencia del Estado como instrumento de desarrollo.  Siguiendo el parecer del proyecto de reformas del Ejecutivo se diría que por parte del Estado, hay una provocación contra sí mismo, degradarse para venderse barato y ser -sin restricciones-subsidiario.

La Constitución vigente en el artículo primero, del título preliminar establece:  El Ecuador es un Estado (…).  Esta afirmación tiene un límite terrible: define al Ecuador únicamente como Estado, no como pueblo, nación y territorio.  Y siendo el titulo preliminar, pone su impronta a todo el texto subsiguiente, mutilación que la siente la diversidad de procesos sociales que conforman el país.

 

La Constitución debe identificar la unidad y diferencia de los diversos tiempos que produjeron y conforman la población ecuatoriana: las nacionalidades indígenas cuyos orígenes se pierden en los milenios del Continente; el mestizaje hispano-americano, y las culturas componentes de ese movimiento social, cuyos años apenas rebasan los cinco siglos; la nación ecuatoriana que nace en las luchas libertarias que forjaron la Patria, uniendo el pasado y el presente de todos los movimientos sociales que se reconocieron en la causa de la independencia,  y el Estado ecuatoriano -cuya edad se cuenta desde 1830-, organización política que se erige en la administración del movimiento cotidiano e histórico de la nación.

La existencia del Ecuador, entonces, supone la unidad del pueblo, su territorio, la nación y el Estado.  Tiempos, naturalezas y relaciones que la Constitución debe unir, identificar y armonizar para la trascendencia de la historia particular de la Patria en la historia universal.

Basta recordar estos tres tiempos para saber que el Ecuador no es únicamente Estado, sino que el Ecuador es un pueblo con sus tiempos, una Nación con su tiempo y un Estado con fecha de nacimiento.

El artículo 1 ante las nuevas comprensiones debe reconocer que El Ecuador está constituido por la población, su territorio, la nación y el Estado; que la población ecuatoriana se integra por todas las nacionalidades, etnias y culturas que habitan el territorio nacional y que se reconocen base de la formación de la nación ecuatoriana; que la nación y el pueblo ecuatorianos constituyen el sujeto histórico que conforma la identidad nacional.

No se trata de reordenar el pasado. Organizar un Estado para el presente exige cambiar su forma. Y por ahora, esto es el tránsito al Estado parlamentario-presidencial.


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